LEY DE BORRÓN Y CUENTA NUEVA

Publicado: noviembre 2, 2021

LO QUE DEBES CONOCER DE LA LEY DE BORRÓN Y CUENTA NUEVA

La ley Estatutaria N°2157 del 29 de octubre de 2021, modifica la Ley 1266 de 2008, fortaleciendo el Derecho de Habeas Data.

La Ley establece:

AMNISTIA ÚNICA:  para quienes extingan sus obligaciones financieras dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley.

  • Si tiene una deuda con entidades financieras y de crédito y la cancela dentro del año siguiente a la entrada en vigencia de la ley, la información financiera negativa será borrada en un plazo de 6 meses contado a partir de que se haya pagado la correspondiente obligación.
  • Si tiene una deuda en mora que ya fue cancelada y su reporte negativo en las centrales de riesgo lleva por lo menos seis meses desde que se extinguió la obligación, opera la caducidad inmediata de dicha información por lo que deberá ser borrada automáticamente
  • Si la persona tenía una obligación en mora que ya fue cancelada y su reporte negativo lleva menos de seis meses desde que se extinguió la obligación, la información permanecerá en las centrales de riesgo el tiempo que falte para completar dicho término. Luego de cumplidos los seis meses operará la caducidad de la información negativa.
  • Si la obligación cancelada registra mora inferior a 6 meses la información negativa permanecerá por el mismo tiempo de la mora, contado a partir de la extinción de la obligación

La ley también contempla los siguientes casos especiales:

Pandemia: Las obligaciones que hayan sido objeto de reporte negativo durante la emergencia sanitaria con corte al 31 de diciembre del 2020 no serán reportadas en las centrales de riesgo, siempre que los titulares se hayan acercado a las entidades con el objetivo de reestructurar la obligación.

A los siguientes grupos, si extinguen las obligaciones objeto de reporte dentro del año siguiente a la entrada en vigencia de la ley, el dato negativo deberá ser retirado inmediatamente de las centrales de riesgo: Personas con clasificación Mipyme, Sector turismo, Pequeños productores del sector agropecuario, Personas naturales que ejerzan actividades comerciales o independientes, Víctimas del conflicto armado, Jóvenes y mujeres rurales con créditos agropecuarios con Finagro, Deudores y codeudores del Icetex.

TIEMPO DE REPORTE. El tiempo del reporte negativo en las centrales de riesgo será del doble del tiempo de la mora y hasta máximo cuatro años. sigue como está en la ley actual de habeas data.

INFORMACIÓN CREDITICIA. La consulta de información crediticia siempre será gratuita en todo tiempo y en todos los canales y no disminuirá la calificación.

SUPLANTACIÓN. Se protege a las víctimas de suplantación personal. Si el titular de la información manifiesta ser victima del delito de falsedad personal, deberá presentar petición de corrección ante la fuente adjuntando los soportes correspondientes.

CENTRALES DE RIESGO.  Las centrales de riesgo crearan una aplicación digital y gratuita de acceso público a todos los titulares de datos, donde se generen alertas al momento de adquirir nuevas obligaciones, esto para mitigar el riesgo de suplantaciones

Te invitamos a cancelar tu obligación en mora y será aplicada la amnistía, solo cuentas con 12 meses para hacerlo.